• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA
  • Nº Recurso: 4531/2023
  • Fecha: 26/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La asistencia sanitaria a un titular o beneficiario de ISFAS por contagio de Covid-19 es ajena a una actuación o prestación de "salud pública" del artículo 11.2.a) de la Ley de Cohesión, aun cuando la afección a la salud del titular o beneficiario por razón de esa infección se haya producido en el contexto de la pandemia; y como consecuencia, esa asistencia sanitaria queda comprendida en la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud, luego no en la excepción prevista en la disposición adicional cuarta.1, párrafo segundo, de la Ley de Cohesión. MUFACE y, consiguientemente, ASISA tenían la obligación de garantizar el contenido de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud a través de las prestaciones asistenciales directas, y todo ello, al margen de las acciones generales de protección y promoción de la salud relacionadas con la prevención y la manera de abordar la epidemia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 5511/2023
  • Fecha: 26/06/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Permiso retribuido recuperable. Fijación plazo recuperación. Falta de contradicción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 755/2023
  • Fecha: 26/06/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Despido. Vulneración de derechos fundamentales. Falta de contradicción y falta de firmeza de la sentencia de contraste.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 7502/2023
  • Fecha: 26/06/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado contra sentencia por tener interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia determinar si la prestación de asistencia sanitaria por COVID 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2003.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 88/2022
  • Fecha: 26/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Conflicto Colectivo (interpretativo):la cuestión que se plantea en el presente recurso de casación consiste en determinar si al colectivo afectado por el conflicto (trabajadores que prestan sus servicios a tres y dos turnos, y a jornada ordinaria) y que durante el periodo comprendido entre el 23 de marzo y el 3 de mayo de 2020 realizaron jornadas diferentes a las establecidas en el convenio, les resulta de aplicación, o no, las compensaciones disciplinadas en la referida norma pactada. La sentencia de instancia desestimó la demanda, y ahora, la sentencia de casación, la confirma, y, lo hace por considerar que la empresa no dejó de aplicar la norma convencional, lo que hizo, fruto de la excepcionalidad producida durante la pandemia, fue variar de forma temporal la jornada, adaptándose a las exigencias que le imponía la normativa que le era aplicable para ese momento y, además, como tampoco hubo descuelgue del convenio ni una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ni la empresa pudo ha vulnerado el derecho a la igualdad por esa circunstancia como se denuncia, se desestimó el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 4705/2023
  • Fecha: 25/06/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DESPIDO NULO POR INCAPACIDAD "DURADERA" O "DE LARGA DURACIÓN". FALTA DE CONTRADICCIÓN.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 187/2022
  • Fecha: 25/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anotada, recaída en casación ordinaria, ha confirmado el fallo combatido que, estimó parcialmente la demandada deducida por el Sindicato de Tripulantes Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (STALVA), acogiendo la pretensión relativa de notificar a los TCPs los cambios de su programación con una antelación mínima a 5 días. El TS en una elaborada resolución y examinado el marco regulador de la materia, rechaza el argumento empresarial de hallarnos ate una jornada especial, y sí que nos encontramos ante una distribución irregular de la jornada por lo que el tiempo de antelación para comunicar una modificación de la programación es de cinco días de conformidad con el art. 34.2 del ET, al no estar prevista otra cosa en la regulación convencional, especial o europea.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 331/2021
  • Fecha: 25/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anotada, recaída en casación ordinaria, confirma el fallo combatido que con estimación parcial de la demanda deducida por el Sindicato USO, declaró que la conducta empresarial de negar la asistencia del delegado de dicho sindicato a participar -con voz y sin voto- en las reuniones de la comisión de seguridad y salud laboral, lesiona su derecho a la libertad sindical, y condenando a abonar al Sindicato actor, en concepto de indemnización por daños morales la suma de 6000 €. Para llegar a esta solución el TS comienza por rechazar la modificación del relato fáctico e, interpretando desde una perspectiva constitucional los arts. 5 y 10 de la LOLS, concluye que una interpretación no restrictiva de lo recogido en el convenio colectivo de aplicación no puede contravenir las normas de derecho necesario citadas. Los negociadores de la norma paccionada no pueden restringir derechos que integran el contenido del derecho a la libertad sindical. Conclusión que no se ve desvirtuada por el hecho de que, no sólo la empresa, sino también otros sindicatos se opusieran a la asistencia del delegado de USO a las reuniciones de dicha comisión, al no desprenderse tal dato del inmodificado relato fáctico.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 3377/2023
  • Fecha: 25/06/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES . Personal técnico de integración social. Denegación de la revisión de hechos probados. Cesión ilegal de trabajadores.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 2864/2022
  • Fecha: 24/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Competencia de la jurisdicción española en los delito de falsedad. En el caso enjuiciado se considera competentes los tribunales españoles porque el hecho refiere la realización de la conducta, confeccionando, u ordenando la confección, los documentos falsos en España. Prescripción del delito de falsedad. La falsedad se cometió en el año 2008 y el documento mendaz se presentó en el año 2012, había transcurrido el plazo de prescripción que, al tiempo de los hechos, anterior a la reforma de 2010, era de tres años. Sin embargo, la condena a la acusada lo es por delito continuado de falsedad, continuación delictiva que permite agravar la pena hasta la mitad superior en grado, lo que comporta que el plazo de prescripción no sea el de tres años, sino el de cinco, que no ha transcurrido por lo que el motivo se desestima. Presunción de inocencia: el control que corresponde al Tribunal Supremo, cuando se alega vulneración del derecho a la presunción de inocencia, se concreta, en realidad, en verificar si la respuesta que ha dado el tribunal ha sido racional y ha respetado la doctrina del Tribunal Constitucional y de esta Sala sobre la motivación y sobre la validez de las pruebas. Dilaciones indebidas, fundamento y presupuestos. Se aprecia la atenuante de dilaciones indebidas al considerar que es dilatorio el plazo transcurrido desde la celebración del juicio, el 20 de noviembre de 2019, y el del dictado de la sentencia, el 31 de marzo de 2022.

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